Aumenta en Cuba protección para trabajadoras gestantes solidarias

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Se establece que uno de los encargados del cuidado del menor se puede acoger a una prestación social por maternidad, cuya cuantía ascenderá al 60 por ciento de su salario promedio mensual

Aumenta en Cuba protección para trabajadoras gestantes solidarias

La Habana, Cuba, 15 may.- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social anunció, según el Decreto 71, la ampliación de la protección y beneficios a la gestante solidaria trabajadora para su atención y cuidado durante el embarazo, su descanso prenatal y recuperación después del parto, así como a las personas laborantes encargadas del menor, ampliándose además los sujetos de aplicación de la citada norma jurídica.

Con ello modifica el alcance del Decreto Ley 56 sobre la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias -con aplicación en los sectores estatal y no estatal- y se extiende el derecho a la protección establecida para el cuidado del hijo a otras personas que trabajan, según los tipos y fuentes de filiación previstos en el Código de las Familias aprobado el pasado año.

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El anuncio explica que se adiciona el derecho al disfrute de la licencia prenatal y posnatal para la trabajadora gestante solidaria y vencido ese período, su reincorporación al empleo en su mismo puesto laboral anterior.

Se argumenta también que los comitentes trabajadores, es decir, las personas encargadas del menor luego de su nacimiento, podrán disfrutar -al igual que la embarazada- de seis días completos o 12 medios días de licencia retribuida para que puedan acompañar a la gestante solidaria a las consultas médicas, a la vez que uno de los encargados podrá disponer de la licencia posnatal por 12 semanas.

Asimismo se establece que uno de los encargados del cuidado del menor se puede acoger a una prestación social por maternidad, cuya cuantía ascenderá al 60 por ciento de su salario promedio mensual, e incluso, se especifica que este último derecho puede ser ejercido por uno de los abuelos trabajadores.

Virginia García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social, manifestó que la entrada en vigor del Código de las Familias llevó a que se deban hacer adecuaciones en la legislación relacionada con la maternidad de la mujer trabajadora, y enfatizó que en este caso no se deroga el citado Decreto Ley 56, solo se modifica.

(Trabajadores)